Modelo 303: cómo presentar el IVA trimestral si eres autónomo (plazos, ejemplo y errores)

6 de octubre de 2026 | Impuestos9 min de lectura

Si eres autónomo y no estás exento de IVA, cada trimestre tienes que presentar el modelo 303: la autoliquidación en la que restas el IVA que has pagado en tus compras al IVA que has cobrado en tus facturas. El del tercer trimestre de 2026 se presenta del 1 al 20 de octubre (hasta el 15 si domicilias el pago). En esta guía te explicamos quién tiene que presentarlo, cómo se calcula con un ejemplo real, qué pasa si te retrasas y los errores que más requerimientos de Hacienda generan entre los autónomos de San Sebastián de los Reyes y Alcobendas.

Qué es el modelo 303 y quién tiene que presentarlo

El modelo 303 es la declaración periódica del IVA. Cuando emites una factura cobras a tu cliente un IVA que no es tuyo: lo recaudas para Hacienda. Y cuando compras algo para tu actividad, pagas IVA a tus proveedores. En el 303 se comparan ambas cantidades y se liquida la diferencia.

Lo presentan, con carácter general, todos los autónomos y sociedades que realizan actividades sujetas y no exentas de IVA, tanto en estimación directa como en módulos. Hay excepciones importantes:

  • Actividades exentas: buena parte de la actividad sanitaria, la enseñanza reglada o determinados servicios financieros y de seguros no repercuten IVA y, si solo hacen eso, no presentan el 303.
  • Comercio minorista en recargo de equivalencia: el proveedor ya les cobra el IVA y el recargo en la factura, así que normalmente no presentan el modelo, salvo operaciones concretas como compras intracomunitarias.
  • Grandes empresas y empresas inscritas en el REDEME: lo presentan cada mes, no cada trimestre. Son grandes empresas las que facturaron más de 6.010.121,04 euros el año anterior.

Si tienes dudas sobre si tu actividad está exenta o en qué régimen de IVA estás, revísalo antes del primer trimestre: equivocarse aquí arrastra errores en todas las declaraciones del año. Es una de las primeras cosas que comprobamos en nuestra asesoría fiscal en San Sebastián de los Reyes.

Plazos del modelo 303 para autónomos

Los plazos se repiten cada año. Si el último día cae en fin de semana o festivo nacional, se traslada al siguiente día hábil.

TrimestrePeriodo que declarasPlazo de presentaciónSi domicilias el pago
1TEnero a marzoDel 1 al 20 de abrilHasta el 15 de abril
2TAbril a junioDel 1 al 20 de julioHasta el 15 de julio
3TJulio a septiembreDel 1 al 20 de octubreHasta el 15 de octubre
4TOctubre a diciembreDel 1 al 30 de enero (junto con el resumen anual, modelo 390)Hasta el 25 de enero

En el mismo plazo trimestral suelen coincidir otros modelos: el 130 (pago fraccionado del IRPF), el 111 si tienes trabajadores o pagas facturas de profesionales con retención y el 115 si alquilas un local. Conviene prepararlos juntos porque comparten la misma documentación.

Cómo se calcula: IVA repercutido menos IVA soportado

La fórmula es sencilla: IVA repercutido (el que has cobrado en tus facturas del trimestre) menos IVA soportado deducible (el que has pagado en las facturas de gastos e inversiones de tu actividad). Lo difícil no es restar, sino saber qué IVA soportado puedes deducir de verdad.

Ejemplo práctico: una diseñadora gráfica autónoma

Laura es diseñadora gráfica en Sanse, tributa en estimación directa y todas sus operaciones van al 21 %. En el tercer trimestre:

ConceptoBase imponibleIVA (21 %)
Facturas emitidas a sus clientes12.000,00 €2.520,00 € repercutido
Alquiler del estudio1.500,00 €315,00 € soportado
Ordenador nuevo para la actividad1.200,00 €252,00 € soportado
Licencias de software300,00 €63,00 € soportado
Línea de teléfono e internet150,00 €31,50 € soportado

IVA soportado deducible: 315 + 252 + 63 + 31,50 = 661,50 €. Resultado del 303: 2.520 − 661,50 = 1.858,50 € a ingresar antes del 20 de octubre. Si sus clientes fueran empresas de otro país de la UE o tuviera facturas a otro tipo de IVA, cada operación iría a su casilla y el cálculo cambiaría.

Un consejo práctico: aparta cada mes el IVA que cobras en una cuenta distinta. Ese dinero no es un ingreso tuyo, y el susto del 20 de octubre suele llegar cuando ya se ha gastado.

Cómo presentar el modelo 303 paso a paso

  1. Reúne tus libros del trimestre: facturas emitidas y facturas recibidas, comprobando que todas tienen los datos obligatorios (NIF, base, tipo y cuota de IVA).
  2. Accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve y busca el modelo 303 en el apartado de IVA.
  3. Rellena las casillas de IVA devengado (lo que has facturado, separado por tipos) y de IVA deducible (tus gastos e inversiones). El formulario hace las sumas.
  4. Revisa el resultado: a ingresar, a compensar o, solo en el último periodo del año, a devolver.
  5. Elige cómo pagar: domiciliación (hasta el día 15), cargo en cuenta con NRC o reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento si no puedes pagarlo de una vez.
  6. Presenta y guarda el justificante en PDF junto con tus libros del trimestre.

Qué pasa si el resultado sale a compensar o a devolver

Si un trimestre has pagado más IVA del que has cobrado (por ejemplo, porque has comprado maquinaria), el resultado es negativo. En los tres primeros trimestres ese importe no se devuelve: queda a compensar en las siguientes declaraciones. Tienes que presentar el 303 igualmente, aunque no pagues nada.

En el cuarto trimestre puedes elegir entre seguir compensando o pedir la devolución. Si tu actividad genera saldos a devolver de forma habitual (exportaciones, inversiones fuertes), puede interesarte el REDEME, que permite pedir la devolución cada mes a cambio de presentar el 303 mensualmente y llevar los libros a través del SII.

Qué pasa si lo presentas fuera de plazo

Si te das cuenta tú antes de que Hacienda te requiera, puedes presentarlo con retraso y pagar un recargo en lugar de una sanción: un 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, hasta los doce meses. A partir de ahí el recargo es del 15 % más intereses de demora. Si es Hacienda quien detecta el incumplimiento, ya no hablamos de recargo sino de sanción, que es bastante más cara.

No presentar un 303 con resultado cero o a compensar también tiene consecuencias: Hacienda envía un requerimiento y puede imponer una multa por presentación tardía. Presentarlo cuesta cinco minutos; no hacerlo, bastante más.

Errores frecuentes que generan requerimientos de Hacienda

  • Deducir gastos que no son de la actividad: compras personales, comidas sin justificación o el móvil familiar. Hacienda pide la factura y la relación con el negocio.
  • Deducir el 100 % del IVA del coche: salvo excepciones (taxis, comerciales, autoescuelas…), la norma presume que un turismo se usa al 50 % para la actividad.
  • Deducir con tiques en lugar de facturas: sin factura completa a tu nombre y con tu NIF no hay deducción.
  • Descuadres entre el 303 y el resumen anual: el modelo 390 de enero tiene que cuadrar con la suma de los cuatro trimestres.
  • Olvidar las facturas recibidas de proveedores de otros países (por ejemplo, publicidad en plataformas digitales), que llevan inversión del sujeto pasivo y también se declaran.
  • Datos que no cuadran con terceros: Hacienda cruza tu 303 con lo que declaran tus clientes y proveedores. Cualquier diferencia acaba en una carta.

Cuándo compensa que te lo lleve una asesoría

Si emites pocas facturas, todas al mismo tipo de IVA y sin operaciones con el extranjero, el 303 se puede hacer sin ayuda. Merece la pena delegarlo cuando tienes operaciones intracomunitarias, varios tipos de IVA, inversiones importantes, un vehículo afecto o, sencillamente, cuando el tiempo que dedicas a pelearte con Hacienda te lo quita a tu negocio.

En Asesoría Promodisa llevamos los impuestos trimestrales de autónomos y pymes de San Sebastián de los Reyes, Alcobendas y alrededores desde el año 2000: te pedimos la documentación antes de cada plazo, preparamos el 303 junto con el resto de modelos y te avisamos del importe con tiempo. Si quieres que revisemos tu caso, escríbenos o llámanos y te contamos cómo trabajamos.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 303

¿Tengo que presentar el modelo 303 si no he facturado nada en el trimestre?

Sí. Mientras estés dado de alta en una actividad sujeta a IVA, tienes que presentar el 303 cada trimestre aunque el resultado sea cero o salga a compensar. No presentarlo provoca un requerimiento y puede acabar en multa.

¿Hasta qué día puedo presentar el IVA del tercer trimestre de 2026?

Hasta el 20 de octubre de 2026. Si quieres pagar por domiciliación bancaria, el plazo termina el 15 de octubre.

¿Puedo deducir el IVA de una factura que recibí en un trimestre anterior?

Sí. Puedes deducirlo en el trimestre en que recibes la factura o en uno posterior, siempre que no hayan pasado cuatro años desde que nació el derecho a la deducción. Lo importante es no deducir la misma factura dos veces.

¿Qué diferencia hay entre el modelo 303 y el modelo 390?

El 303 es la autoliquidación de cada trimestre, con la que pagas o compensas el IVA. El 390 es un resumen informativo anual que se presenta en enero y debe cuadrar con la suma de los cuatro 303 del año.

¿Qué hago si no puedo pagar el IVA del trimestre?

Presenta el 303 en plazo igualmente y solicita un aplazamiento o fraccionamiento en la sede de la Agencia Tributaria. Para deudas de hasta 50.000 euros no se exige garantía, aunque se pagan intereses de demora. No presentar la declaración es siempre peor opción.

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Asesoría muy recomendable, eficientes y con un trato estupendo. Un 10!!
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Magnifico trato y muy profesionales.